Declaracion Pública Frente A Las Denuncias De Abuso Sexual Y Modificación Al Decreto Supremo 315 Mineduc

logoA consecuencia de las denuncias por abusos sexuales al interior del jardín infantil “Hijitus de la Aurora” y del Colegio Apoquindo de la comuna de Vitacura y Lo Barnechea, se ha vuelto a poner en tela de juicio las constantes irregularidades en la apertura, funcionamiento y control de los establecimientos a los cuales asisten los menores.

Ya  son más de 70 denuncias en la Fiscalía Local Oriente por casos de abuso sexual en este establecimiento y las nuevas efectuadas en un colegio de Lo Barnechea. Esta seguidilla de sucesos han provocado un profundo sentimiento de indignación y una normal inquietud entre padres, apoderados y la ciudadanía, por la seguridad de los niños.

Actualmente, en el país existen más de 6.000 establecimientos que atienden a menores, y resulta fundamental que nuestros niños y niñas que allí se forman puedan tener la seguridad de que estarán protegidos de cualquier daño, incluyendo a los abusadores.

En estos momentos, para obtener la patente municipal para un jardín infantil, no se requiere una acreditación previa de la Junta Nacional de Jardines Infantiles a pesar de que en la ley de municipalidades aparece una indicación al respecto   requisito  que no se cumple.  Debido a que no es  necesario que cuenten con un proyecto educativo que establezca cual es el quehacer pedagógico, la regulación necesaria de la idoneidad profesional y técnica de quienes estarán a cargo de los niños y niñas y si cumplen realmente con los estándares mínimos de infraestructura  que le den seguridad a  las familias y a los niños y niñas. Esto solo revela la facilidad para abrir un jardín infantil y que hoy toda nuestra sociedad se sienta sensibilizada ante cualquier nuevo hecho que vulnere los derechos de nuestros niños con los acontecimientos recientes y que han tenido gran impacto comunicacional. ¿Qué pasa con la gran cantidad de guarderías que existen si sobre ellas no hay ningún tipo de control.Por lo anterior, resulta de vital importancia la participación activa de los propios padres, quienes deben estar vigilantes y denunciar conductas sospechosas o bien estar alertas ante cambios conductuales de sus hijos.

La JUNJI ha reiterado que el programa de fiscalizaciones se planteó el año pasado y que ya esta en marcha, por lo que se tiene comprometido fiscalizar principalmente los establecimientos que no estén empadronados por la mencionada entidad. Sin embargo, consideramos que no se puede actuar siempre en forma reactiva, debemos como País ser capaces de prevenir, puesto que, son nuestros propios hijos quienes están en peligro y en riesgo inminente de un abuso sexual. Por lo tanto, no entendemos que todavía este en proceso de aprobación, el proyecto de ley que faculta a la JUNJI para estar a cargo de la apertura, fiscalización, control y eventualmente sancionar y/o cerrar establecimientos ante agresiones a niños y niñas, y que a su vez transformará en una exigencia legal la autorización de JUNJI previa al inicio de actividades de cualquier jardín infantil y sala cuna. Resulta importante el reiterar de forma urgente el llamado que hace la JUNJI a los jardines del ámbito privado a realizar el acto voluntario de empadronarse y a los padres a preferir este tipo de establecimientos, que aseguran estándares de calidad, referidos al cuidado, educación y seguridad de los niños y niñas menores de seis años. Y también recomendamos a los padres a ser los primeros fiscalizadores en el sentido de verificar que las salas cunas y jardines estén debidamente enrolados antes de entregar a sus hijos, y que además, sean los primeros en denunciar cualquier acto sospechoso en relación a este tema.

Es importante y fundamental la creación de nuevas iniciativas   que permitan limitar el actuar de los jardines infantiles y salas cunas, estableciendo responsabilidades, de manera que se adopten todos los resguardos a la hora de contratar personal y supervisar su desempeño.
Un avance positivo en este tema se logró con la entrada en vigencia la ley que crea el registro de pedófilos. A través de está norma se pretende impedir que personas condenadas por delitos de abuso a menores tengan contacto con niños. Por lo tanto, las instituciones -públicas o privadas- que contraten a personas que deban trabajar directamente con menores de edad deberán consultar obligatoriamente este registro y no contratar al postulante si aparece registrado.

Hacemos un llamado a las educadoras de párvulos de salas cuna y de jardines infantiles, a quienes forman a las futuras educadoras, a quienes controlan y supervisan la calidad del trabajo de cada una tanto en organismos públicos como particulares y/o privados a mantener una actitud vigilante y atenta sobre el funcionamiento de los establecimientos y promover actividades permanentes orientadas a la prevención del abuso sexual y el maltrato y a fomentar en el niño el auto cuidado y fundamentalmente a dar cumplimiento a la declaración de los derechos del niño.  Instamos a denunciar sin temor cualquier situación que atente contra los niños.

Nos hacemos parte de la presentación ingresada al Congreso Nacional, respecto a entregarles mayores facultades y fortalecer el rol fiscalizador de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, sin embargo, nos preocupa que la modificación recientemente publicada al Decreto Supremo 315, que incorpora modificaciones que se contradicen con la entrega de una educación de calidad a los párvulos de nuestro país.

El Decreto 115, publicado en el Diario Oficial, el día 18 de mayo, modifica los estándares de personal y los requisitos de idoneidad para el personal que trabaja en los jardines infantiles, como por ejemplo:   nivel sala cuna, una técnica por siete lactantes, en el caso de la educadora, una profesional hasta cuarenta y dos niños.  Para el nivel medio menor, se determina una técnico hasta veinticinco niños, y una educadora hasta treinta y dos niños.  Para el nivel medio mayor, una educadora y una técnico hasta treinta y dos niños.  En el nivel   transición,  se exigirá   una técnico hasta   treinta  y cinco niños y una educadora.  Para el segundo nivel de transición se exigirá una educadora de párvulos para cuarenta y cinco niños.  Otro de los aspectos que nos preocupa es que se elimina la función de auxiliar de aseo y a las manipuladoras no se les exigirá requisito certificado de salud compatible con la función.

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